Según la Resolución de Superintendencia Nº 312-2018/SUNAT, a partir del 1 de enero del 2020, las empresas que brinden estos servicios serán obligadas a emitir comprobantes de pago electrónicos (facturas y boletas de venta) en vez de documentos autorizados:
Instituciones Educativas.
Centros de Inspección Vehicular.
Empresas de transporte público.
Empresas de transporte ferroviario público.
Empresas de transporte acuático de mercancías.
Empresas de transporte aéreo de carga.
Empresas de transporte aéreo de pasajeros.
La norma (Resolución de Superintendencia Nº 318-2017/SUNAT) que regulaba esta obligación estableció como inicio de emisión de comprobantes de pago para estas empresas el 1 de enero del 2019, pero fue postergada hasta esta fecha.
Estamos autorizados como OSE así como PSE