Están obligados a la emisión de comprobantes de pago electrónicos (CPE) los contribuyentes (personas naturales o personas jurídicas) que han sido designados como emisores electrónicos mediante Resolución de Superintendencia emitida por la SUNAT. Se designó como emisores electrónicos según los ingresos anuales obtenidos al 31 de diciembre de 2019.
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