En el Año 2015 la Resolución de Intendencia N° 185-2015/SUNAT modificó la Normativa sobre los Comprobantes de Pago; con el objetivo de facilitar el traslado de bienes vendidos a través de la Emisión de la Factura Electrónica.
En ella se indicaba que al realizar el Traslado de cualquier bien; no era necesario que esté sustentado mediante la Emisión de una Guía de Remisión, bastaba que esta transacción comercial contará con la representación impresa de la Factura Electrónica en la cual se debía consignar la dirección del punto de partida y el de llegada.
Base Legal:
Reglamento de Comprobantes de Pago
Artículo° 21
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