20/4/2022 | CATEGORÍA: COMPROBANTES DE PAGO ELECTRÓNICO
Así como la tecnología avanza a pasos agigantados en pleno siglo XXI, en nuestro país la Administración Tributaria también vio conveniente utilizar los comprobantes electrónicos con la posibilidad de ahorrar en los costos de gestión de una empresa y la facilidad de controlar las operaciones de los negocios. Por ese motivo, desarrollaron distintos sistemas de emisión de comprobantes electrónicos.
Es necesario que sepamos diferenciar los comprobantes físicos de los electrónicos:
Por un lado tenemos los comprobantes físicos que básicamente son emitidos en formatos impresos por una imprenta que cumplan con el reglamento de comprobantes de pago y autorizados por la SUNAT.
Por otro lado, tenemos los comprobantes electrónicos, emitidos a través de los distintos sistemas de emisión electrónica que la SUNAT ha implementado. Estos comprobantes pueden ser enviados por correo electrónico o WhatsApp; por ejemplo: el cliente recibe en su correo electrónico mediante un enlace a través del cual podrá acceder al documento y descargarlo o a través del portal de la Administración Tributaria y portal de los Proveedores de Servicios Electrónicos. Este documento cuenta con los mismos datos y la misma validez legal que los comprobantes tradicionales en papel.
En ese sentido, los comprobantes electrónicos y los físicos (utilizados por los contribuyentes que aún no están obligados a emitir comprobantes electrónicos) tienen la misma validez tributaria, pero no son lo mismo.
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