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¿Quiénes están obligados a emitir Guías de Remisión Electrónica?

5/10/2022 | CATEGORÍA: ACTUALIZACIONES SUNAT

La Sunat, a través de la Resolución de Superintendencia Nº 000123-2022/SUNAT, modifica la normativa sobre guías de remisión y designa emisores electrónicos de GRE-Remitente y Transportista

Las Guías de Remisión sirven para sustentar el traslado de bienes entre distintos puntos. Actualmente, existen 2 tipos de guías de remisión:

  1. Guías de Remisión Electrónica - Remitente: Es emitido por el propietario del bien (remitente) en formato digital al inicio del traslado.
  2. Guía de Remisión Electrónica – Transportista: La emite el transportista por cada remitente. Esta guía se usa cuando el traslado se hace por transporte público.

¿Quiénes están obligados a emitir Guías de Remisión Electrónica?

La designación como emisores electrónicos de guías de remisión electrónica se realiza de acuerdo con los siguientes supuestos:

  • DESIGNACIÓN POR SUJETOS GRE – REMITENTE

Sujetos obligados

Fecha a partir de la cual debe emitir GRE - remitente

Operaciones comprendidas

1Contribuyentes que a partir del 1.1.2023 se inscriban en el RUC u obtengan el alta del RUC.Desde el momento en que deban emitir una guía de remisiónTodas aquellas operaciones por las que corresponde emitir guía de remisión remitente.
2Contribuyentes que al 31.12.2022 pertenezcan al directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales o al de los principales contribuyentes de la Intendencia Lima, Intendencias Regionales u Oficinas Zonales.1.7.2023
3Contribuyentes que a partir del 1.1.2024 deban emitir una guía de remisión remitente.Desde el momento en que deban emitir una guía de remisión
  • DESIGNACIÓN POR TIPO DE BIENES TRANSPORTADOS GRE – REMITENTE

Sujetos obligados

Fecha a partir de la cual debe emitir GRE - remitente

Operaciones comprendidas

1Contribuyentes que trasladen arroz, azúcar y/o alcohol etílico, cuyo traslado esté sujeto a detracción o al IVAP.Desde el momento en que deban emitir una guía de remisión a partir del 1.1.2023Solo el traslado de arroz, azúcar y/o
alcohol etílico.
2Contribuyentes que trasladen bienes 
por importaciones realizadas.
Desde el momento en que deban emitir una guía de remisión a partir del 1.1.2023Solo el traslado de
bienes importados.
3Contribuyentes que trasladen cemento desde o hacia zonas geográficas que se encuentren bajo el Régimen Especial
para el control de Bienes Fiscalizados o para el traslado de cemento dentro de dichas zonas.
Desde el momento en que deban emitir una guía de remisión a partir del 1.1.2023Solo el traslado de
cemento.

 

  • DESIGNACIÓN POR SUJETOS GRE - TRANSPORTISTA

Sujetos obligados

Fecha a partir de la cual debe emitir GRE - transportista

Operaciones comprendidas

1Contribuyentes que a partir del 1.1.2023 se inscriban en el RUC u obtengan el alta del RUC.Desde el momento en que deban emitir una guía de remisiónTodas aquellas operaciones por las que corresponde emitir guía de remisión transportista
2Contribuyentes que al 31.12.2022 pertenezcan al directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales o al de los principales contribuyentes de la Intendencia Lima, Intendencias Regionales u Oficinas Zonales.1.7.2023
3Contribuyentes que a partir del 1.1.2024 deban emitir una guía de remisión remitente.Desde el momento en que deban emitir una guía de remisión
  • DESIGNACIÓN POR TIPO DE BIENES TRANSPORTADOS GRE – TRANSPORTISTA

Sujetos obligados

Fecha a partir de la cual debe emitir GRE - transportista

Operaciones comprendidas

1Contribuyentes que realicen el servicio de traslado de bienes de importaciones realizadas.Desde el momento en que deban emitir una guía de remisión a partir del 1.1.2023.Solo el traslado de bienes importados.
2Contribuyentes que trasladen cemento desde o hacia zonas geográfi cas que se encuentren bajo el Régimen Especial para el control de Bienes Fiscalizados o para el traslado de cemento dentro de dichas zonas.Desde el momento en que deban emitir una guía de remisión a partir del 1.1.2023.Solo el traslado de cemento.

El objetivo de esta nueva normativa es facilitar y reducir el costo del cumplimiento de las obligaciones tributarias, optimizar el control del traslado de bienes, y reducir el tiempo de revisión de los documentos que lo sustentan.


 


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