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OSE obligatorio para PRICOS 2026: conoce si tu empresa debe implementarlo desde julio

16/6/2026 | CATEGORÍA: OSE

A partir del 1 de julio de 2026, determinados contribuyentes considerados Principales Contribuyentes (PRICOS) estarán obligados a utilizar un Operador de Servicios Electrónicos (OSE) para la validación de sus comprobantes de pago electrónicos.

Esta obligación alcanza a las empresas que, al 31 de diciembre de 2025, tengan la condición de PRICO y cuyos ingresos obtenidos durante el ejercicio 2024 sean iguales o superiores a 300 UIT.

La medida forma parte del cronograma permanente establecido por la Resolución de Superintendencia N.º 044-2019/SUNAT, mediante la cual SUNAT incorpora progresivamente a nuevos emisores electrónicos obligados a utilizar un OSE.

¿Quiénes están obligados a implementar un OSE en 2026?

Deberán utilizar un OSE desde el 1 de julio de 2026 las empresas que cumplan con ambas condiciones:

  • Tener la condición de PRICO al 31 de diciembre de 2025.
  • Haber obtenido durante el año 2024 ingresos anuales iguales o superiores a 300 UIT.

Si tu empresa cumple estos requisitos, deberás adecuar tu proceso de facturación electrónica antes de la entrada en vigencia de la obligación.

¿Cómo saber si tu empresa debe implementar un OSE?

Sigue estos pasos para verificar si esta obligación te corresponde:

  1. Revisa tu Ficha RUC y confirma si tienes la condición de PRICO o 
  2. Consulta si tu empresa figura en el directorio aprobado mediante la RS N.º 000001-2026/SUNAT.
¿Qué sucede si no utilizas un OSE estando obligado?

No implementar un OSE cuando corresponde puede generar diversas consecuencias:

  • Los comprobantes emitidos podrían carecer de validez tributaria.
  • SUNAT podría aplicar las sanciones previstas en la normativa vigente.
  • Tus clientes podrían tener inconvenientes para sustentar gasto o utilizar crédito fiscal.
  • Se podrían generar retrasos o interrupciones en el proceso de facturación electrónica.

Por ello, si tu empresa se encuentra dentro del grupo obligado, lo recomendable es iniciar el proceso antes del 1 de julio de 2026 para garantizar la continuidad de tus operaciones y evitar contingencias tributarias.


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